José
Antonio Mantilla
Director Prensa
Andina
Bogotá D.C., 16 de mayo de 2019
Los enemigos agazapados de la paz, que desde hace
varios años están conspirando contra los acuerdos firmados en La Habana, no se
cansan de meterle palos a la rueda, apelando, incluso, a la ilegalidad,
convirtiendo en política una decisión en derecho con graves implicaciones para
la soberanía colombiana.
El fallo de la JEP sobre el caso Jesús Santrich,
deja en claro los procedimientos irregulares utilizados por los supuestos
agentes de la DEA en Colombia, para infiltrarse en la casa del exguerrillero de
las FARC y, con violación al debido proceso y a las normas del Derecho Internacional,
“hacerle la encerrona” para intentar demostrar su supuesta participación en
actos delictivos con posterioridad al 1 de diciembre de 2016.
Y, para demeritar lo actuado por la Justicia
Especial para la Paz e insistir en la extradición de Santrich, ahora aparece en
redes sociales un video –según dicen puesto a rodar por un funcionario de la
Fiscalía- que, supuestamente implica al exguerrillero en una “negociación de drogas”, pero tampoco se refieren a la
fecha en que fue grabado dicho video. Lo curioso es que nunca fue aportado como prueba durante el proceso.
Vale la pena que se conozcan algunos aspectos del
fallo de la JEP, sin lo cual sería casi imposible determinar las causas que
provocaron la “rabieta” de Néstor Humberto Martínez y su carta de renuncia irrevocable,
ante la decisión del tribunal de compulsar copias por las irregularidades cohonestadas
por los funcionarios de la Fiscalía
General de la Nación.
La JEP dice, que la información rendida por el
agente de la DEA Brian Witek, se basa no en el conocimiento adquirido por él
directamente, sino en referencias de los testigos cooperantes que se
trasladaron a territorio colombiano bajo la dirección de entidades públicas de
los Estados Unidos, lo que implica que lo hicieron en virtud de una
investigación en desarrollo sin contar con el concurso de dependencias
nacionales, violando las normas de cooperación entre los Estados.
Dice la JEP que de esa manera, “no solo se afectó
la soberanía nacional y se pretermitió el ordenamiento jurídico para la obtención
de pruebas en territorio colombiano sino que además el Estado extranjero, a
través de testigos cooperantes, conculcó ilegítimamente derechos fundamentales
del señor HERNANDEZ SOLARTE, tales como la inviolabilidad del domicilio, esfera
que se encuentra resguardada por la expectativa razonable de intimidad, pues se
trata de límites que no pueden ser sobrepasados por ningún Estado, a menos que
se cuente con la autorización previa de un Juez de Control de Garantías,
atendiendo la regla general del artículo 246 adjetivo penal”.
La JEP vuelve a citar al agente Brian Witek, de
quien dice que su declaración jurada se encuentra permeada por los “vicios de
ilicitud y de ilegalidad de la fuente de conocimiento” porque fue obtenida con “vulneración
de derechos fundamentales y sin el cumplimiento de los prerrequisitos internacionales
para su recolección en territorio de un Estado distinto, lo que de contera
conllevó a la pretermisión de las reglas de producción de la prueba y con ello
a la afectación de la soberanía nacional”.
Para la JEP resulta “desconcertante que la Fiscalía
General de la Nación, defendiera esa actuación en nuestro territorio y avalara
tales intromisiones” cuando en Colombia no pueden actuar autoridades
extranjeras sin la autorización y supervisión de funcionarios nacionales.
Como tal la Fiscalía estaba obligada a iniciar la
acción penal, por cuanto quienes actuaron en la investigación no tenían
inmunidad en Colombia y sin embargo afectaron bienes protegidos por el Estado.
En cuanto a la ilicitud, dice la JEP, se ve reflejada
por cuanto ni a las autoridades colombianas ni a ningún Estado les está
permitido obtener pruebas en nuestro territorio con violación a los derechos
fundamentales.
Tras analizar el proceso contra el exguerrillero
colombiano, determinar la inviabilidad para su extradición y ordenar su
libertad inmediata, le JEP hizo un análisis detallado de las irregularidades en
que incurrió la Fiscalía General de la Nación y ordenó compulsar copias contra
sus funcionarios ante la Sala Disciplinaria del Consejo Superior y/o seccional
de la Judicatura y la oficina de Control Interno, según fuera el caso.
¿Hasta dónde el Presidente Iván Duque y su séquito
de oblatos del Centro Democrático, incluyendo al senador Álvaro Uribe, actúan
con el corazón que ilustra el nombre de su partido y no con la razón que debe
prevalecer en el carácter y el criterio de los buenos patriotas colombianos?
Esperemos las decisiones que siguen tras la
apelación de la Procuraduría, la cual tendrá que estudiar la máxima instancia
de la Justicia Especial para la Paz.
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