Diputados tendrán sueldo fijo y prestaciones sociales,
con lo cual el rubro de funcionamiento de las asambleas se aumentará en más de
un 100%.
Los 419 diputados del país, tendrán un salario
fijo con el cual podrán duplicar sus ingresos actuales, y obtener beneficios de
ley como seguridad social, vacaciones, seguro de vida y gastos de viaje, tras
ser aprobada en conciliación, en el Congreso, una ley a la cual solo le falta la sanción
presidencial.
La iniciativa fue aprobada esta semana, en último
envión, por el Senado de la República, aprovechando que la opinión nacional
estaba embebida en el escándalo de corrupción que envuelve al país.
El proyecto determina la estructura
administrativa de las Asambleas Departamentales, las funciones de sus
dependencias y las escalas de remuneración correspondientes a las distintas
categorías.
De acuerdo con la ley, las asambleas sesionarán
durante seis meses en forma ordinaria. La remuneración de los diputados será
incompatible con cualquier asignación proveniente del Tesoro Público, excepto
con aquellas originadas en pensiones o sustituciones pensionales y las
excepciones establecidas en la Ley 4ª de 1992.
Los diputados estarán amparados por el régimen
de seguridad social prevista en la Ley 100 de 1993 y sus disposiciones
complementarias. En todo caso se les garantizará aseguramiento para salud,
pensión y riesgos laborales, durante los cuatro años del periodo constitucional.
También tendrán derecho a vacaciones y prima
de vacaciones, auxilio de cesantía e intereses sobre las mismas; prima de
Navidad, capacitación, gastos de viaje con ocasión del cumplimiento de
comisiones oficiales dentro y fuera del departamento y un seguro de vida con
cargo a la sección presupuestal del sector central del departamento.
El ponente de la iniciativa fue el liberal
Edison Delgado Ruiz.
Las asambleas departamentales podrán sesionar
extraordinariamente durante dos meses al año, por convocatoria de los
gobernadores.
Actualmente los diputados obtienen, por su
asistencia a las sesiones, una remuneración equivalente al salario diario de
los gobernadores así: en la categoría especial, $463.401, que representan
durante el mes $13.902.030; en primera categoría, $ 392.644, para un total de
$11.779.320; segunda categoría $283.811 para un total de $8514.330 y en la
tercera y cuarta categoría, a $227.660, para un total de $6.829.800.
Ahora, la remuneración de los diputados quedará
así:
CATEGORÍA POR
DEPTO.
|
SMLMV
|
TOTAL DE
LA ASIGNACIÓN
|
Especial
|
30
|
$ 22.131.510
|
Primera
|
26
|
$ 19.180.642
|
Segunda
|
25
|
$
18.442.925
|
Tercera
|
18
|
$ 13.278.
906
|
No se confirmó si la iniciativa, por implicar
un gasto público, tiene el aval del Gobierno, o de lo contrario la ley podría
ser objetada por el Presidente por inconveniencia, en momentos en que se habla
de austeridad.
Los departamentos en categoría especial son: Antioquia,
Cundinamarca, Valle, Atlántico, Santander, Risaralda, Boyacá, Bolívar, Tolima,
Huila, Caldas, Cauca y Meta.
Primera categoría: Norte de Santander,
Córdoba, Magdalena, Quindío, Nariño, Sucre y Cesar.
Segunda categoría: Guajira, Chocó, Caquetá y
San Andrés.
Tercera categoría: Casanare, Arauca, Guainía,
Vichada, Amazonas, Putumayo, Vaupés, Guaviare.
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